El Gobierno del Estado, a través de la Secretaría General de Gobierno, explicó las consecuencias de la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al declarar inconstitucional dos artículos de Reformas a la Constitución del Estado de Chiapas, ante la inconformidad presentada por la Procuraduría General de la República y el Partido Revolucionario Institucional (PRI).
La reforma, propuesta por el Ejecutivo, es muy amplia y contemplaba la homologación de las elecciones estatales con las federales, con el fin de ahorrar recursos y destinarlos a programas de combate a la pobreza y a las obras pendientes en las zonas afectadas por el huracán “Stan”.
Recordó que la reforma incluía que en 2010 sólo hubiese elecciones para diputados y una vez electos - y por única ocasión –, la nueva legislatura designara a Concejos Municipales para el periodo 2011 a octubre 2012 (que corresponde a un periodo de 20 meses).
La resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación únicamente afectó la reforma en dos artículos:
1. Derivado de los juicios presentados por la PGR y por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), la SCJN ordena que se realicen elecciones para Ayuntamientos en 2010, aunque duren 20 meses en funciones. (Art. 4)
2. El otro Artículo que la SCJN declaró inconstitucional concierne a la reducción de financiamiento público a los Partidos Políticos en un 15 por ciento y por la inconformidad que presentó el PRI ante la SCJN esa máxima instancia resolvió que no se realice dicha reducción. (Art. 6).
No obstante, lo que la SCJN no modificó de la reforma es que las campañas políticas locales no podrán durar más de un mes, así como las relacionadas a la promoción de la equidad de género y de jóvenes en el Congreso del Estado, entre otras.